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NUESTRO 
COMPROMISO

Este Código de Ética está dirigido a todo miembro de la comunidad de la Escuela Internacional de HumanCapital.work, independientemente de la calidad jurídica o jerarquía de éste. De esta forma, se contará con un instrumento que permite promover estándares éticos y contar con un marco común de conducta para todo el personal, docentes y alumnado. Por lo anteriormente descrito se espera que el presente código ayude a mantener el buen clima laboral, al promover de manera explícita obligaciones y derechos comunes, fomentando un ambiente de respeto e igualdad.

CÓDIGO ÉTICA

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Introducción y Propósito 

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Todos los miembros firmantes (de aquí en adelante “los miembros”) de este Código de Ética (de aquí en adelante “el Código”), desean establecer lo siguiente:

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Como miembros asociados a las regulaciones aquí establecidas, estamos comprometidos a mantener y promover la excelencia en la práctica del coaching y del eneagrama. En nuestros roles como alumnos, docentes, personas certificadas o trabajadores de la Escuela Internacional Human Capital.work, concordamos en adherir a los elementos y principios de este Código que establece las expectativas de buenas practicas en coaching y mentoring, promoviendo el desarrollo de la excelencia profesional. 

​

Su propósito es:  

​

  • Proporcionar pautas apropiadas y promover la responsabilidad y estándares de conducta para todos nuestros miembros.

  • Establecer cómo se espera que nuestros miembros actúen, se comporten y se desempeñen cuando trabajen con clientes.

  • En concomitancia con las competencias profesionales de nuestros respectivos asociados, guiar el desarrollo profesional y crecimiento de nuestros miembros.

  • Servir de guía para aquellas personas que no necesariamente se identifican como un coach o mentor profesional, pero que, sin embargo, utilizan las habilidades del coaching o mentoring en su trabajo.

  • Ser utilizado como base para cualquier queja o audiencia y acción disciplinaria siguiendo los procedimientos de quejas de nuestra organización.

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El Código de Ética

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El Código está estructurado en cinco secciones y cubre las expectativas generales relativas a la conducta y comportamiento profesional esperados. 

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1.    Terminología
2.    El trabajo con el Cliente
3.    Conducta Profesional
4.    Excelencia en la Práctica
5.    Firmantes del Código de Ética


1.    Terminología

​

Cuando corresponda, este código se referirá a:

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  • Coachees y mentees como “clientes”

  • Coaches, mentores, trainers y estudiantes como “miembros” 

  • Coaching, mentoring y trabajo de supervisión como “trabajo profesional”

  • Coaching y mentoring como “profesión”

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a)    Los miembros que subscriben este Código reconocen que los términos de “profesión” y “profesional” están siendo usados para actividades que no están bajo regulación jurídica, pero que se encuentran en un creciente proceso de profesionalización y auto regulación.

​

b)    Los miembros de este Código reconocen que los títulos de “coach” y “mentor” no están protegidos y eventualmente pueden ser usados por cualquiera en el campo de la práctica, sea miembro o no de esta escuela.

​

c)    Para un mejor entendimiento de este Código, los miembros firmantes deben estar conscientes de las definiciones y terminología utilizadas, siendo responsabilidad de cada uno el manejo de palabras claves tales como coach, coaching, cliente, mentor, mentoring, training y entrenador. 


2.    Trabajo con Clientes

​

Contexto

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2.1    Durante el trabajo con clientes, los miembros firmantes de este Código se conducirán en concordancia con lo aquí estupulado, comprometiéndose a entregar el nivel de servicio que razonablemente se esperará para cada miembro. 

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Contrato

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2.2    Antes de comenzar el trabajo con un cliente, los miembros pondrán este Código a disposición del cliente, explicando y haciendo explícitos los compromisos aquí contraídos, así como de los respectivos procedimientos de queja.

 

2.3    Antes de comenzar el trabajo con un cliente, los miembros explicarán y se asegurarán de que este comprenda la naturaleza, términos y condiciones de cualquier contrato de coaching o mentoring, incluyendo los acuerdos financieros, de logística y de confidencialidad. 

 

2.4    Los miembros usarán su conocimiento profesional y experiencia para comprender las expectativas de sus clientes y llegarán a un acuerdo de cómo cumplirlas. Los miembros también tomarán en cuenta las necesidades y expectativas de otras partes involucradas.

 

2.5     Los miembros actuarán abiertamente acerca de los métodos a utilizar y, ante un requerimiento, estarán preparados para suplir al cliente de información acerca del proceso. 

 

2.6    Los miembros se asegurarán de que la duración del contrato es apropiada al logro de los objetivos del cliente y trabajaran activamente en la promoción de la independencia y la autosuficiencia del cliente.

 

2.7    Los miembros se asegurarán de que cualquier coaching, mentoring, supervisión o entrenamiento, según corresponda, tomará lugar en condiciones óptimas para el aprendizaje, la reflexión y, de esta forma, aumente las probabilidades de alcanzar los objetivos previstos en el contrato.

 

2.8    Los miembros siempre pondrán a los intereses de su cliente en primer lugar, pero, al mismo tiempo, salvaguardarán que esos intereses no dañen los intereses de la organización de la que formen parte (o de la entidad patrocinante).       


Integridad 

​

2.9    Los miembros representarán con precisión y honestidad su calificación profesional, a la asociación a la que representan, su experticia, entrenamiento, certificaciones y acreditación ante sus clientes, patrocinantes y colegas.  

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2.10    En su comunicación con cualquier persona u organización, los miembros representarán con precisión y honestidad los valores de la organización que representan, ya sea como coach, mentor, docente o alumno.  

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2.11    Los miembros se asegurarán de que no se realicen afirmaciones falsas o engañosas sobre su competencia profesional, calificaciones o acreditación en ningún material publicado. Los miembros atribuirán la propiedad del trabajo, ideas y materiales de otros al autor, y no lo reclamarán como propio.

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2.12    Los miembros firmantes actuarán dentro de la ley aplicable y de ninguna manera alentarán, ayudarán o se coludirán con conductas deshonestas, ilegales, no profesionales o discriminatorias.


Confidencialidad 

​

2.13    Al trabajar con clientes, los miembros mantendrán el nivel más estricto de confidencialidad con toda la información de clientes y de la organización patrocinadora, a menos que la ley exija la divulgación de esa información.

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2.14    Los miembros tendrán un acuerdo claro con los clientes y con la organización que los patrocine sobre las condiciones bajo las cuales no se mantendrá la confidencialidad (por ejemplo, actividad ilegal, peligro para sí mismo u otros) y llegarán a un acuerdo sobre ese límite de confidencialidad cuando sea posible, a menos que la ley exija la divulgación de información.

​

2.15    Los miembros almacenarán los registros de su trabajo con los clientes, incluidos los archivos electrónicos y las comunicaciones establecidas, de manera que se garantice la confidencialidad, la seguridad y la privacidad, y cumplan con todas las leyes y acuerdos relevantes que existen en su país con respecto al uso de datos. protección y privacidad.

​

2.16    Los miembros informarán a los clientes que pudieran recibir supervisión en la que identificarán al cliente con su supervisor. El cliente debe estar seguro de que la relación de supervisión es en sí misma una relación confidencial.

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2.17    Si el cliente es un niño o un adulto vulnerable, los miembros harán arreglos con los patrocinadores o tutores del cliente para garantizar un nivel adecuado de confidencialidad en el mejor interés del cliente, al mismo tiempo que cumplen con toda la legislación pertinente.


Interacciones inapropiadas 

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2.18    Los miembros son responsables de establecer y mantener límites claros, apropiados y culturalmente sensibles que rijan todas las interacciones físicas y virtuales con sus clientes o patrocinadores.

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2.19    Los miembros evitarán cualquier relación romántica o sexual con clientes o patrocinadores actuales. Además, los miembros estarán atentos a la posibilidad de cualquier posible intimidad sexual con las partes antes mencionadas y tomarán las medidas apropiadas para evitar la intimidad o cancelar el compromiso para proporcionar un entorno seguro.


Conflicto de Interés

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2.20    Los miembros no explotarán a un cliente ni buscarán obtener ninguna ventaja financiera o no financiera inapropiada de la relación.

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2.21    Para evitar cualquier conflicto de intereses, los miembros distinguirán una relación profesional con un cliente de otras formas de relación.

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2.22    Los miembros serán conscientes de la posibilidad de conflictos de intereses de naturaleza comercial o personal que surjan a través de la relación laboral y los abordarán de manera rápida y efectiva para garantizar que no haya perjuicio para el cliente o el patrocinador.

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2.23     Los miembros considerarán el impacto de cualquier relación con el cliente en otras relaciones con el cliente y discutirán cualquier posible conflicto de intereses con aquellos que puedan verse afectados.

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2.24    Los miembros revelarán cualquier conflicto abiertamente con el cliente y acordarán retirarse de la relación si surge un conflicto que no se puede manejar de manera efectiva.


Término de las Relaciones Profesionales y Continuidad de las Responsabilidades 

​

2.25    Los miembros respetarán el derecho del cliente a rescindir un compromiso en cualquier momento del proceso, sujeto a las disposiciones previas relativas al servicio prestado.

​

2.26    Los miembros alentarán al cliente o patrocinador a terminar el trabajo de entrenamiento, tutoría o supervisión si se cree que el cliente sería mejor atendido por otro miembro en ejercicio o una forma diferente de ayuda profesional.

​

2.27    Los miembros entienden que sus responsabilidades profesionales continúan más allá de la terminación de la relación profesional. Estas incluyen:

​

  • Mantenimiento de la confidencialidad acordada de toda la información relacionada con clientes y la organización patrocinante.

  • Mantenimiento seguro de todos los registros y datos relacionados, cumpliendo con todas las leyes y acuerdos relevantes que existen en su país con respecto a la protección de datos y la privacidad.

  • Evitar cualquier explotación de la relación anterior que pudiera poner en duda la profesionalidad o integridad del miembro o la comunidad profesional.

  • Provisión de cualquier seguimiento que se haya acordado.

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2.28    Los miembros deben tener una disposición para la transferencia de clientes actuales y la difusión de registros en caso de incapacidad del miembro o terminación de la práctica.


3.    Conducta profesional 

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Mantenimiento de la Reputación de la Profesión

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3.1    Los miembros se comportarán de tal manera que en todo momento reflejen positivamente y mejoren la reputación de la metodología y la organización a la que representan.

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3.2    Los miembros demostrarán respeto por la variedad de miembros practicantes y otras personas en la profesión y por los diferentes enfoques de coaching y mentoring.


Reconocimiento de la Igualdad y la Diversidad 

​

3.3    Los miembros cumplirán con las declaraciones y políticas de diversidad que expresamente realice La Escuela Internacional HumanCapital.work.

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3.4    Los miembros evitarán discriminaciones conscientes por cualquier motivo y buscarán mejorar su propia conciencia de las posibles áreas de discriminación.

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3.5    Los miembros serán conscientes del potencial de sesgo inconsciente y tratarán de garantizar que adopten un enfoque respetuoso e inclusivo, que abrace y explore la diferencia individual.

​

3.6    Los miembros desafiarán de manera solidaria a los colegas, empleados, proveedores de servicios, clientes o participantes que perciban que están usando un comportamiento discriminatorio.

​

3.7    Los miembros supervisarán su comunicación oral, escrita y no verbal en busca de discriminaciones inadvertidas.

​

3.8    Los miembros participarán en actividades de desarrollo tendientes a aumentar su autoconciencia en relación con la igualdad y la diversidad. 


Brechas de la Conducta Profesional

​

3.9    Los miembros aceptan que cualquier violación del Código que se confirme en un procedimiento de quejas puede dar lugar a sanciones, incluida la pérdida del estado de acreditación o membresía como parte de la organización. Los miembros de la organización pueden compartir detalles de tales incumplimientos entre ellos en interés de la seguridad del cliente, manteniendo los estándares de calidad y manteniendo la reputación de la profesión.

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3.10      Un miembro desafiará a otro miembro si tiene una causa razonable para creer que el miembro está actuando de manera poco ética e informará de esa falta a la organización patrocinante de sus actividades.


Obligaciones Legales y Deberes

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3.11      Los miembros están obligados a mantenerse actualizados y cumplir con todos los requisitos legales pertinentes en los países en los que se lleva a cabo su trabajo profesional y trabajar dentro de las políticas y procedimientos de la organización en el contexto en el que están trabajando.


4.    Práctica de Excelencia 

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Habilidades de Desempeño

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4.1    Los miembros buscarán constantemente contar con las calificaciones, habilidades y experiencia apropiadas para satisfacer las necesidades del cliente y operarán dentro de los límites de su competencia. Los miembros deben remitir al cliente a un miembro en ejercicio más experimentado o con la calificación adecuada, según corresponda.

 

4.2    Los miembros deben contar con un estado de salud concordante con los requerimientos de la profesión. En el caso de que no estar seguros si pueden practicar de manera segura, buscarán orientación o apoyo profesional. Cuando sea necesario o apropiado, el miembro en ejercicio debe gestionar la terminación de su trabajo con el cliente y derivar al cliente a un miembro en ejercicio alternativo.

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Supervision Continua

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4.3    Los miembros participarán en la supervisión con un supervisor o grupo de supervisión de pares adecuadamente calificado con un nivel de frecuencia que sea apropiado para su práctica de entrenamiento, tutoría, supervisión, o para el análisis de evidencia en la práctica reflexiva, esto, idealmente con entrenadores, compañeros y/o colegas más experimentados.

​

4.4    Los miembros deben asegurarse de que cualquier otra relación existente con el supervisor no interfiera con la calidad de la supervisión proporcionada.

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4.5    Los miembros discutirán cualquier dilema ético y posibles incumplimientos de este Código con su supervisor o grupo de supervisión de pares para obtener apoyo y orientación.


Desarrollo Profesional Continuo

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4.6    Los miembros desarrollarán su nivel de competencia de coaching y/o mentoría participando en capacitaciones relevante y atingentes y/o mediante el desarrollo profesional continuo.

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4.7    Se espera que los miembros hagan una contribución a la comunidad profesional que sea apropiada para su nivel de experiencia. Las formas que esto puede tomar incluyen el apoyo informal de pares a los miembros practicantes, contribuyendo al avance de la profesión, la investigación, la escritura, etc.

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4.8    Los miembros evaluarán sistemáticamente la calidad de su trabajo a través de los comentarios de los clientes, su supervisor y otras partes relevantes.

 

 

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Joyce Veloso 

Directora Ejecutiva

Escuela Internacional HumanCapital.work
 

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